En un mundo globalizado, la contratación de trabajadores extranjeros en España se ha convertido en una práctica cada vez más común. Sin embargo, este proceso está sujeto a una serie de regulaciones y consideraciones que tanto empleadores como empleados deben entender completamente.
En este artículo, exploraremos los principales aspectos de la contratación de trabajadores extranjeros en España, desde los regímenes aplicables hasta las opciones disponibles para cubrir vacantes.
Regímenes aplicables
La contratación de trabajadores extranjeros en España está sujeta a diferentes regímenes, dependiendo de la nacionalidad del trabajador y el tipo de contrato. Estos regímenes incluyen:
Ciudadanos extranjeros
- Ciudadanos comunitarios y sus familiares.
- Migración cualificada, que abarca directivos, altamente cualificados, traslados intraempresariales, inversores, entre otros.
- Migración no cualificada, sería el resto de supuestos de contratación.
Es importante tener en cuenta que los familiares de los ciudadanos comunitarios disfrutan de un régimen flexible propio, mientras que España ha establecido un marco normativo atractivo y flexible para la migración cualificada desde 2014.
Situación nacional de empleo
La Ley Orgánica de Extranjería establece que la migración laboral se organizará de acuerdo con las necesidades del mercado laboral nacional.
Por lo tanto, antes de contratar a un trabajador extranjero, es crucial verificar la inexistencia de candidatos adecuados en España, excepto en ciertos casos, como la migración altamente cualificada.
Opciones para contratar trabajadores extranjeros
Las opciones para contratar trabajadores extranjeros varían según el tipo de contrato y la situación del trabajador. Algunas de las opciones incluyen:
- Solicitar autorización ante la Unidad de Grandes Empresas para puestos cualificados.
- Utilizar proyectos de migración circular a través de la gestión colectiva de la contratación en origen para contratación masiva o estacional.
- Contratar a través de una Autorización de Residencia y Trabajo por Cuenta Ajena para ocupaciones de difícil cobertura.
Es esencial seguir los procedimientos adecuados según la situación específica del trabajador extranjero que se quiere contratar.
Diferencias entre regímenes
En el contexto de la contratación de trabajadores extranjeros en España, existen dos regímenes principales que difieren significativamente en varios aspectos clave: el Régimen General y la Ley 14/2013. A continuación, se detallan las diferencias entre ambos regímenes:
Régimen General:
- Valoración de la situación nacional de empleo: Se requiere una evaluación exhaustiva de la situación nacional de empleo para determinar si no hay demandantes de empleo adecuados en España para la ocupación en cuestión.
- Definición y requisitos tasados: Los criterios y requisitos para la contratación están claramente definidos y establecidos, con poco margen para la interpretación o flexibilidad.
- Limitación geográfica y de actividad: Las autorizaciones están restringidas geográficamente y se limitan a la provincia donde se solicitan, así como a las actividades específicas relacionadas con la ocupación.
- Solicitud ante oficinas de extranjería: Las autorizaciones se solicitan y tramitan a través de las Oficinas de Extranjería correspondientes.
- Reagrupación familiar: Para traer a los familiares, el trabajador extranjero debe residir en España durante al menos un año antes de iniciar el proceso de reagrupación.
- Duración y renovación: Las autorizaciones tienen una duración inicial de un año con posibilidad de renovación hasta por cuatro años adicionales.
- Plazo de tramitación: El proceso de tramitación puede llevar hasta tres meses, y se aplica el principio del silencio negativo, es decir, si no se recibe respuesta en ese plazo, se entiende como denegación.
- Solicitud desde el extranjero: La solicitud de autorización debe realizarse estando la persona contratada en el extranjero.
Ley 14/2013:
- Sin restricciones de mercado laboral: No hay restricciones específicas en cuanto a la situación nacional de empleo, lo que brinda más flexibilidad en la contratación.
- Definición amplia y valoración caso a caso: Los criterios para la contratación son más amplios y se evalúan individualmente en cada caso, lo que permite una mayor adaptabilidad.
- Sin limitaciones geográficas ni de actividad: Las autorizaciones tienen alcance nacional y no están sujetas a restricciones geográficas o de actividad, siempre que exista una vinculación con el empleador.
- Solicitud ante la Unidad de Grandes Empresas: Las autorizaciones se solicitan y tramitan ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, de manera completamente online.
- Reagrupación familiar desde el principio: Los familiares pueden acompañar al trabajador desde el inicio del proceso, permitiendo una tramitación conjunta.
- Duración y renovación: Las autorizaciones tienen una duración inicial de tres años con posibilidad de renovación por dos años adicionales.
- Tramitación rápida: El proceso de tramitación se realiza en un plazo de 20 días hábiles, con el principio del silencio positivo, lo que implica que si no hay respuesta en ese plazo, se entiende como aprobación.
- Posibilidad de solicitud desde España: Se puede solicitar la autorización estando el trabajador extranjero en España, siempre que se encuentre en situación regular.
Estas diferencias entre el Régimen General y la Ley 14/2013 proporcionan a los empleadores opciones diversificadas para adaptarse a sus necesidades específicas al contratar trabajadores extranjeros en España. Es importante evaluar cuidadosamente cada régimen y sus requisitos antes de iniciar el proceso de contratación.
Reforma del reglamento de extranjería
La reciente reforma del Reglamento de Extranjería ha tenido un impacto importante en las posibilidades de contratar trabajadores extranjeros en España.
Algunas de las mejoras incluyen un análisis más flexible del Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura, facilitación de obtención de certificados de insuficiencia de demandantes de empleo y ampliación del plazo de renovación de autorizaciones, entre otros aspectos.
Nuevo modelo de migración circular plurianual
La reforma del Reglamento de Extranjería ha introducido un nuevo modelo de migración circular adaptado a las necesidades del mercado laboral. Este modelo ofrece autorizaciones plurianuales que brindan estabilidad tanto a los trabajadores como a las empresas, facilitando el retorno del trabajador y reduciendo cargas administrativas.
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